SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0469/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0469/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

III.5.

III.5. El deber de transverzalización del estudio de los Derechos Humanos en el ámbito escolar, como parte de las obligaciones del Estado a través del Ministerio de Educación, de adoptar “medidas positivas” para la protección del derecho a la igualdad y la no discriminación de las niñas, niños y adolescentes

El Estado tiene el deber, a través del Ministerio de Educación, de transversalizar el estudio de los Derechos Humanos individuales y colectivos en el ámbito escolar e incorporar como parte del currículo del Subsistema de Educación Regular; deber que se puede extraer de varias normas constitucionales y del bloque de constitucionalidad, así como de normas infraconstitucionales, por ser una medida positiva para la protección del derecho a la igualdad y la no discriminación, y de prevención que garantiza el derecho a una vida libre de violencia de los niños en el ámbito educativo, además que fomenta la convivencia pacífica y armónica, una cultura de paz, tolerancia y justicia en el marco del vivir bien, el buen trato, la solidaridad, el respeto a la intraculturalidad, interculturalidad, diversidad y la no discriminación entre los integrantes del Sistema Educativo Plurinacional; siendo las normas más relevantes, las siguientes: