SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0469/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0469/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

en la imposición de sanciones

En ese marco, las instancias competentes dentro del Sistema Educativo Plurinacional, en la imposición de sanciones después de un debido proceso disciplinario escolar que compruebe la existencia de violencia entre niños o de acoso escolar, tienen que exponer las razones justificatorias a través de una fundamentación y motivación suficientes que expliquen si: 1) La sanción de expulsión al estudiante circunstancialmente agresor se impuso solo después de cumplir el deber de asistencia psicopedagógica; es decir, se redujo al mínimo posible al ser de última ratio, ponderando en todo caso, entre el interés superior del niño víctima y el del niño circunstancialmente agresor; y, 2) La imposición de cualquiera de las sanciones que no sean de expulsión, deben ser proporcionales a las circunstancias y gravedad del acto, comportamiento o conducta del niño que incurrió en acoso escolar, caso en el cual también debe cumplirse con la asistencia pedagógica.