SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0503/2019-S4
Fecha: 12-Jul-2019
II.7.
II.7. En el Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, cursa la SCP 0619/2018-S2 de 8 de octubre, correspondiente al expediente 23643-2018-48-AAC, pronunciada en revisión por la Sala Segunda de este Tribunal, mediante la cual revocó la Resolución de 17 de agosto dictada por la Jueza Pública Civil y Comercial Tercera del departamento de Tarija, en suplencia legal de su similar Segundo, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ahora accionante contra el hoy demandado; Sentencia Constitucional Plurinacional que revocó la Resolución de garantías mencionada y denegó la tutela solicitada, concluyendo que la autoridad demandada, al confirmar la RA 26/2017, mediante la RA 234/2017, no incurrió en la vulneración de los derechos invocados por el accionante; toda vez que, la Resolución cuestionada contiene la fundamentación, valoración integral y razonada de la prueba y motivación suficiente; por lo que tampoco es evidente la transgresión de los demás derechos invocados, puesto que el proceso administrativo que se pretende revisar en la vía tutelar, fue desarrollado en el marco normativo establecido al efecto y los preceptos constitucionales que lo amparan.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Cuando esa resolución [que concedió la tutela] en revisión, es revocada y declarada improcedente por el Tribunal Constitucional, los actos realizados en cumplimiento de la Sentencia del Juez o Tribunal de amparo quedan sin efecto
- III.2 Ineficacia de la tutela de la acción de amparo constitucional por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron la activación de la justicia constitucional, conlleva a la sustracción de la materia o para mejor comprensión, supone la pérdida del objeto procesal.
- el objeto procesal se constituye en el elemento sustancial a ser resuelto por la justicia constitucional, razón por la que ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal por que el petitorio devino en insubsistente, la eventual concesión de tutela resulta ineficaz e innecesaria.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR