SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

II.8.

II.8.    De igual forma, la parte demandada presenta carta notariada de 6 de diciembre de 2018, por la que, la contratante de obra, Litzi Rose Marie Maturano Cuéllar, dio aviso escrito al accionante Ciriaco Yucra Peñaranda, respecto a su intención de resolver el contrato por la suspensión de trabajos sin justificación y autorización escrita, además de haber incumplido el contrato en su cláusula vigésima, sin corregir las observaciones efectuadas en las llamadas de atención descritas en la Conclusión precedente (fs. 45 a 46 vta.). Carta notariada que no pudo ser entregada según representación de la Notaria de Fe Pública 17 de la ciudad de Sucre, en sentido de haberse constituido en el domicilio del impetrante de tutela señalado, en dos oportunidades, no habiendo encontrado al nombrado, informando a su esposa de la carta y los motivos de la misma (fs. 46 vta.).