Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2019-S2
Fecha: 15-Jul-2019
2° Disponer
2° Disponer mediante Secretaria General de este Tribunal la remisión de antecedentes al Consejo de la Magistratura, para que se proceda a la apertura de proceso disciplinario a María Teresa Apaza Paz Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del departamento de Cochabamba constituida en Jueza de garantías, por desconocimiento del procedimiento previsto para las acciones tutelares en el Código Procesal Constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Reglas de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.3. La excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- la inminencia
- con la destrucción de un bien jurídicamente protegido,
- III.4. Análisis del caso concreto
- el 11 de febrero de 2019.
- después de más de un año de celebrada la audiencia del 25 de septiembre de 2017.
- CONFIRMAR
- 2° Disponer