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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2019-S2

    Fecha: 15-Jul-2019

    II.2.

    II.2. A través del Auto Interlocutorio de 22 de agosto de 2017, el incidente interpuesto fue declarando improbado por la autoridad de control jurisdiccional (fs. 274 a 278); motivo por el cual, el 31 de agosto de 2017, el impetrante de tutela interpuso recurso de apelación incidental, alegando que el citado Auto no atendió de manera fundamentada y motivada los aspectos solicitados (fs. 311 a 312).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Reglas de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • III.3.  La excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
    • la inminencia
    • con la destrucción de un bien jurídicamente protegido,
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • el 11 de febrero de 2019.
    • después de más de un año de celebrada la audiencia del 25 de septiembre de 2017.
    • CONFIRMAR
    • 2° Disponer

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