SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2019-S2

Fecha: 15-Jul-2019

con la destrucción de un bien jurídicamente protegido,

La SCP 0884/2013 de 20 de juni, respecto la excepción del principio de subsidiariedad dispuesta en el art. 54.II.2 del CPCo, dejó sentado que el daño irremediable o irreversible se configura con la destrucción de un bien jurídicamente protegido, en ese entendido dispuso lo siguiente: “Tal como ha sido expuesto, lo que configura daño irremediable o irreversible es la destrucción de un bien jurídicamente protegido, como puede ser la salud, la vida o cualquier otro derecho constitucional; empero, siempre tomando en cuenta que destrucción, conforme el diccionario jurídico virtual de este Tribunal Constitucional Plurinacional, es el aniquilamiento e inutilización de ese bien jurídico; así, en el caso del derecho propietario de un bien inmueble, la demolición de su casa significará la destrucción del bien jurídico protegido, o en el caso del despido del trabajo de una mujer embarazada o de un hombre progenitor, el bien jurídico destruido de modo irreparable será la seguridad social y la salud de la madre, durante el periodo que requeriría culminar el proceso judicial ordinario; de ese modo es que se debe identificar el bien jurídico destruido de modo irremediable e irreversible, que justifique la exclusión de la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional” (las negrillas son nuestras).