Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2019-S2
Fecha: 15-Jul-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por intermedio de su representante denunció la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de debida fundamentación, motivación y congruencia; y, “la garantía constitucional de privacidad de las telecomunicaciones y la legalidad de la prueba”; en razón a que la Jueza hoy demandada, mediante el Auto Interlocutorio de 22 de agosto de 2017, de manera ilegal declaró improbado el incidente de nulidad presentado contra la imputación formal emitida en su contra, sin ninguna fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Reglas de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.3. La excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- la inminencia
- con la destrucción de un bien jurídicamente protegido,
- III.4. Análisis del caso concreto
- el 11 de febrero de 2019.
- después de más de un año de celebrada la audiencia del 25 de septiembre de 2017.
- CONFIRMAR
- 2° Disponer