Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2019-S2
Fecha: 15-Jul-2019
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante mediante su representante alega la lesión de su derecho al debido proceso en sus elementos de debida fundamentación, motivación y congruencia y “ la garantía constitucional de privacidad de las telecomunicaciones y legalidad de la prueba”, citando al efecto el art. 25 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Reglas de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.3. La excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- la inminencia
- con la destrucción de un bien jurídicamente protegido,
- III.4. Análisis del caso concreto
- el 11 de febrero de 2019.
- después de más de un año de celebrada la audiencia del 25 de septiembre de 2017.
- CONFIRMAR
- 2° Disponer