Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2019-S1
Fecha: 30-Jul-2019
II.1.
II.1. A través de Sentencia 17/2012 de 20 de noviembre, el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Chuquisaca, con el voto unánime de sus miembros declaró a Mauricio Denis Matienzo Zamora, Weimar Paniagua Oña, Vladimir Echeverria Murillo, Roberto Choque Nuñez y Rudy Limbert Anze Gutierrez como coautores de la comisión de los delitos de robo agravado, lesiones leves y asesinato, condenándoles a ese efecto, a la pena privativa de treinta años de presidio sin derecho a indulto a cumplirse en el Centro Penitenciario de San Roque (fs. 3 a 36).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Por no presentada la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial.
- c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales’”
- III.2.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR