Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2019-S1
Fecha: 31-Jul-2019
II.4.
II.4. Cursa Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM 085-A/2018 de 6 de septiembre; a través de la cual, el Jefe Departamental del Trabajo de Santa Cruz, en aplicación del DS 0495 de 1 de mayo de 2010, resolvió conminar a la empresa “PETROBRAS BOLIVIA” S.A., restituir al hoy peticionante de tutela a su fuente laboral, en el mismo cargo que ocupaba en la aludida empresa -manteniendo su antigüedad-, más la reposición de sueldos devengados y demás derechos que pudieran corresponderle, sustentando dicha determinación en los razonamientos contenidos en el Informe JDTSC/UI/115/2018 de 29 de agosto (fs. 10 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- PROCEDENTE
- que dispone que la conminatoria de reincorporación debe ser cumplida en su totalidad
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos que debe observarse de la conminatoria de reincorporación laboral dentro la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 1º CONCEDER