SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2019-S3
Fecha: 08-Ago-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la lesión de sus derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso en sus elementos de congruencia, fundamentación y motivación, y los principios de legalidad y seguridad jurídica; puesto que, el Comité Electoral del ICACH inobservando el Estatuto y Reglamento Interno de dicha institución emitió la Convocatoria a elecciones, en la que se añadió y suprimió algunos requisitos que no están contemplados en las referidas normativas, por ese motivo impugnaron la misma, dictándose la Resolución 01/2018 de 24 de julio, sin obtener una respuesta fundamentada de los puntos reclamados; ante ello, interpusieron recurso de revocatoria, que mereció la Resolución 03/2018 de 7 de agosto, decisión que no respondió el fondo de las pretensiones planteadas; lo que significa que ambas Resoluciones incumplieron pronunciarse sobre los puntos objetados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sólo en aquellos casos en que la argumentación es decididamente defectuosa, abiertamente insuficiente o, en últimas, inexistente, puede el juez de tutela intervenir en la decisión judicial para revocar el fallo infundado
- Fragmento 18
- en aquellos casos en los cuales la denunciada falta de fundamentación y motivación de un fallo, no tenga la suficiente relevancia constitucional como para modificar el fondo de lo decidido y obtener una resolución diametralmente opuesta a la primera, no ameritará la concesión de tutela constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- DIRECTORIO EJECUTIVO, TRIBUNAL DE HONOR DEPARTAMETNAL Y COMISIÓNES DEL ICACH, ASÍ COMO DEL DELEGADO ANTE EL TRIBUNAL NACIONAL DE HONOR
- CONFIRMAR