Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
II.8.
II.8. Mediante escrito presentado el 19 de febrero de 2018, el prenombrado puso a conocimiento del Fiscal Departamental de Santa Cruz, como prueba la SCP 1195/2017-S1, que concedió la tutela a su favor y dejó sin efecto el Auto de Vista 254 de 29 de diciembre de 2016, la cual confirmó el Auto Interlocutorio de 31 de agosto de 2016, que rechazó la excepción de incompetencia y declaró probada la de “litispendencia” (fs. 175 a 189).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.
- III.3. El principio de verdad material como componente del derecho al debido proceso
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- vi)
- REVOCAR