SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2019-S3
Fecha: 13-Ago-2019
III.4. Análisis del caso concreto
De autos se advierte que el peticionante de tutela, denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus componentes de motivación, fundamentación, congruencia y valoración de la prueba; toda vez que, dentro del proceso penal iniciado contra Germán Cuellar Pedraza, por la presunta comisión de los delitos de estafa y abuso de firma en blanco, el Ministerio Público el 23 de enero de 2018, emitió Resolución Conclusiva de Sobreseimiento a favor del prenombrado, con el argumento que no existían elementos suficientes de convicción para sustentar una acusación, la cual impugnó; sin embargo, el Fiscal Departamental de Santa Cruz, a través de la Resolución Fiscal Departamental FLM S-145/18 de 7 de junio de 2018, confirmó dicha determinación sin considerar y valorar la prueba que presentó previo al pronunciamiento de su Resolución, consistente en la SCP 1195/2017-S1 que revocó la denegatoria de tutela efectuada por la Jueza de garantías y concedió la misma, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 254 de 29 de diciembre de 2016 que ratificó el Auto Interlocutorio de 31 de agosto de igual año, el cual declaró probada la excepción de litispendencia; asimismo, determinó que las autoridades demandadas pronuncien una nueva resolución; en cumplimiento a lo precedentemente expuesto, en ese entendido la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz por Auto de Vista 41 de 13 de marzo de 2018 dejó sin efecto el mencionado Auto Interlocutorio determinando emitan uno nuevo, actuados procesales, presentados como prueba ante la prenombrada autoridad fiscal, conforme refiere el impetrante de tutela en la presente acción tutelar, los cuales no habrían sido tomados en cuenta ni valorados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2.
- III.3. El principio de verdad material como componente del derecho al debido proceso
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- vi)
- REVOCAR