SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0712/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Dentro el proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público por la supuesta comisión del delito de estafa agravada, afirma que su persona: “…fue beneficiada con medidas sustitutivas en fecha 19 de febrero de 2019 consistentes en: Arraigo, Fianza de Bs. 30.000.-” (sic), mismas que al haber sido cumplidas, el 26 de marzo del mismo año, solicitó al Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, la emisión del mandamiento de libertad; empero, pese a que los arts. 130 y 132.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP) establecen que los plazos son improrrogables, perentorios y que toda solicitud vinculada a la libertad debe ser resuelta en el plazo de veinticuatro horas; refiere, que hasta la fecha de presentación de la acción tutelar, su memorial no fue resuelto y no se emitió el mencionado mandamiento, provocando con ello dilación indebida del proceso y generando una ilegal restricción a su derecho a la libertad.

Agrega que, conforme a la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos, cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica del privado de libertad, citando para el efecto a la “SC 0465/2010-R” (sic) y la SC 1072/2005-R de 5 de septiembre; y que en su caso, desde la solicitud de mandamiento de libertad transcurrieron más de cuarenta y ocho horas sin tener respuesta, provocando con ello demora en la tramitación y generando su privación de libertad.