SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2019-S1

Fecha: 12-Ago-2019

b)

b)  Las reglas de apreciación o compulsa probatoria que se infringieron en el Auto de Vista cuestionado fueron: “1.- La uniformidad o disconformidad de las opiniones de los 3 peritos que intervinieron en el proceso. 2.-Los principios científicos en que fundaron sus dictámenes. 3.- La inocultable omisión en aplicación de la sana crítica y demás pruebas y elementos de convicción que obran en el proceso. Pero adicionalmente también: 4.- Haber permitido que el perito de oficio o ‘dirimidor’, asumiera la potestad y atribuciones de un de instancia, para decidir la contienda judicial de un juez de instancia, para decidir la contienda judicial sin ‘ocorregir’, una verdadera suplantación de las facultadas de ambos como correspondía legalmente al Tribunal de Alzada” (sic); por lo que, ante la evidente falta de precisión, uniformidad o disconformidad de los peritos de parte y la inexistencia de principios científicos que hagan creíble el dictamen pericial de oficio, tanto el Juez como el Tribunal ad quem, debieron desestimar y apartarse de las conclusiones del dictamen pericial de oficio, fundando sus respectivos fallos en la compulsa de las otras pruebas y elementos de convicción que fueron producidos por las partes.