SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2019-S1

Fecha: 26-Ago-2019

denegó

El Juez Público de Familia Cuarto del departamento de Potosí, constituido en Juez  de garantías, mediante Resolución 01/2019 de 22 de marzo, cursante de fs. 230 a 234, denegó la tutela solicitada bajo los siguientes fundamentos: a) Dentro del proceso penal seguido a instancia de la Gerencia Regional Potosí de la AN -hoy impetrante de tutela- contra Yolanda Rosario Gonzales Foronda, Máximo Vargas Claros y Eddy Mamani Chacapacha por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado el Fiscal de Materia resolvió determinar el sobreseimiento con el argumento de que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar una acusación formal, determinación que fue ratificada por el entonces Fiscal Departamental de Potosí, a través de la Resolución Jerárquica FDP-T.I.S./FACM 165/2017 de 11 de diciembre; b) La citada Resolución, cuenta con la debida fundamentación; toda vez que, en el último Considerando la autoridad demandada señaló que es “evidente la aseveración del titular respecto a la inexistencia de suficientes elementos de convicción que no creará certeza suficiente para la atribución del hecho delictivo en la fase en un juicio penal, público, continuo y contradictorio” (sic); c) Respecto a la presunta vulneración del derecho a la defensa, igualdad de partes y congruencia, el peticionante de tutela no precisó de qué manera se hubiese dado tal situación;
d) La determinación asumida por la autoridad -hoy codemandada- en la referida Resolución Jerárquica FDP-T.I.S./FACM 165/2017, que ratificó la Resolución de sobreseimiento emitida por el Fiscal de Materia dentro del referido proceso penal se encuentra motivada en el entendido que “…señala que se ratifica el sobreseimiento realizado por el fiscal asignado al caso en razón a que los elementos de prueba recolectados en la etapa de investigación son insuficientes para determinar con certeza si los imputados son autores y/o participes de dicho hecho” (sic); y, e) Es inviable que la justicia constitucional revise la valoración de la prueba en razón a que la parte accionante no cumplió los presupuestos establecidos por la jurisprudencia constitucional.