SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2019-S4
Fecha: 10-Sep-2019
i)
SS, padre de la niña PP, particular demandado, expresó que: i) Se hizo el rescate de su hija, se puso en conocimiento de la Jueza de la causa sus antecedentes y se presentó su certificado de trabajo; asimismo, que la demandada de guarda, amedrentando, amenazando y pateando las puertas e insultando a la abuela de la niña, por lo que tuvieron que intervenir autoridades policiales; se encontró a la menor detrás de una cortina, asustada, sin presencia de su madre, en un estado lamentable, enferma de su estómago y con un resfrío que no se podía curar, lo que acreditó con recetas y certificado médico; ii) Existió un primer rescate dispuesto por la Defensoría, conforme a sus facultades que reconoce que también puede actuar de oficio según lo establecido en el Código Niña, Niño y Adolescente cuando se vulneran los derechos de un menor; iii) En el momento del rescate, encontraron a su hija en un estado lamentable, con un hombre desconocido y su madre no estaba, el lugar tenía muebles y estaba un desorden, PP apenas lo vio y se le “apegó” diciéndole “papá, papá” y ya no se separó más; se mantuvieron en el lugar unos cuarenta minutos; es decir, su madre no llegaba hasta pasadas las 23:00, habiéndose retirado del lugar dirigiéndose a su casa, MM apareció en su puerta por lo que se vio obligado a llevar dos oficiales de policía y así evitar que allane su inmueble; y, iv) El 25 de junio está programada una cita con el SEDEGES, donde llevará a su hija a hacerle los exámenes biopsicosocial al igual que a él, para que se cumplan todas la formalidades dispuestas por la Jueza.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Los derechos a la libertad y a la vida, bajo la tutela de la acción de libertad
- III.2. Los alcances del principio del interés superior de la niña, niño y adolescente: La atención prioritaria que merecen dentro de las causas ordinarias y constitucionales
- Fragmento 19
- .
- inc. a)
- inc. b)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO