SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2019-S4
Fecha: 10-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 21 de mayo de 2019, alrededor de las 21:30, encontrándose en el referido Hostal, salió a comprar cena para su hija, dejándola con un amigo suyo, de nombre Carlos Daniel Alconini Saavedra, quien acudió al lugar a dejarle unos productos de belleza que había comprado. Demoró diez minutos, al regresar encontró que funcionarios policiales escoltaban a su niña al vehículo de su padre, SS, hoy codemandado, encontrándose alrededor funcionarios de la Alcaldía, llevándosela sin darle explicaciones. Por el mencionado amigo, se enteró que los familiares de su ex pareja le gritaron e ingresaron conjuntamente los referidos funcionarios –a la habitación del Hostal– sin darle explicación, resultando que hasta la fecha desconoce dónde se encuentra su hija y si le quitaron la guarda; por lo que, se apersonó ante el Juzgado Público de Familia Séptimo de El Alto del departamento de La Paz y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del distrito 1, cuyos representantes son los hoy codemandados; empero, no le dieron razones de lo ocurrido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Los derechos a la libertad y a la vida, bajo la tutela de la acción de libertad
- III.2. Los alcances del principio del interés superior de la niña, niño y adolescente: La atención prioritaria que merecen dentro de las causas ordinarias y constitucionales
- Fragmento 19
- .
- inc. a)
- inc. b)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO