SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2019-S4

Fecha: 10-Sep-2019

II.5.

II.5.  La Jueza Pública demandada, en el Auto de 4 de abril de 2019, se declaró competente para conocer la causa de guarda, por cuanto corroboró que las partes no tenían otro proceso en trámite; igualmente, que MM, mediante memorial de “fs. 30 a 32 de obrados”, presentado el 15 de marzo de 2019, se apersonó al proceso, evidenciando que tiene pleno conocimiento de la acción interpuesta en su contra, por cuanto solicitó oficios y copias legalizadas de todo lo obrado, los que fueron recogidos del Juzgado por la asistente de su abogado el 26 de marzo del mismo año, en mérito de lo cual fijó audiencia para la consideración de la pretensión de guarda de menor para el 12 de abril de 2019, a las 09:00, siendo imprescindible la presencia de las partes y de la menor para su consulta correspondiente; al efecto, ordenó se oficie a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia con la finalidad de que en la audiencia convocada pueda hacerse presente la psicóloga de dicha institución para proceder a la consulta de ambos progenitores (fs. 109), constando la notificación de la madre de PP, a través de la diligencia de 5 del mismo mes y año en Secretaría del Juzgado (fs. 111).