SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2019-S2

Fecha: 04-Sep-2019

Fragmento 14

           Conforme   establece el art. 78 de la Ley 1715, los actos procesales y procedimientos no regulados por esta Ley especializada, en lo aplicable, se regirán por las disposiciones del CPC, que al haber sido derogado en casi todas sus disposiciones por la Ley 439 , supletoriamente se aplica ésta; sin embargo no deben dejarse de lado los principios procesales propios de la materia que son la oralidad, inmediación, concentración, dirección, gratuidad, publicidad, especialidad, competencia, responsabilidad, servicio a la sociedad, celeridad, defensa, integralidad, eventualidad y principio de la función social y económico social.