Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0761/2019-S2
Fecha: 04-Sep-2019
Fragmento 16
3. Expresará, con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores ni suplirse posteriormente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- denegó
- II.1.
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero,
- relevancia constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Del recurso de casación en materia civil supletoriamente aplicable a materia agroambiental
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.3.1. Sobre la alegada
- Fragmento 20
- III.3.2. Sobre el proceso interdicto de retener la posesión, su finalidad, presupuestos y relación con los demás puntos denunciados.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)