SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de Cochabamba, ejerció el control jurisdiccional del caso y ante quien el Ministerio Público presentó acusación formal contra su persona, consiguientemente se remitió el cuadernillo de acusación ante el Juez de Sentencia Penal Primero del citado departamento el 28 de marzo de 2019; empero dicha autoridad mediante providencia de 29 del indicado mes y año, antes de señalar su competencia, con carácter previo pidió a la fiscalía que aclare si también fue acusado por el delito de uso indebido de bienes del estado entre otros, pues en la declaración informativa remitida a dicha autoridad existía más de un delito atribuido a su persona, lo cual involucra de manera directa la competencia del juzgador.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP 0059/2018-S4 del 16 de marzo
- Fragmento 15
- III.2.
- Fragmento 17
- CONFIRMAR