Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
II.1.
II.1. Mediante escrito de 15 de abril de 2019, Humberto Trigo Guzmán, planteó ante el Juez Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de Cochabamba incidente de actividad procesal defectuosa y extinción de la acción en etapa preparatoria (fs. 5 a 7 vta.). Por proveído de 17 del citado mes y año señaló “estese a los datos del proceso, toda vez que, el mismo se encuentra con acusación formal de 20 de marzo de 2019 sorteado y remitido al Juzgado de Sentencia Penal Primero del departamento de Cochabamba” (fs. 8).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP 0059/2018-S4 del 16 de marzo
- Fragmento 15
- III.2.
- Fragmento 17
- CONFIRMAR