SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2019-S4
Fecha: 12-Sep-2019
II.3.
II.3. El Ministro de Educación, dando respuesta al memorial presentado el 9 de mayo de 2017, por el ahora impetrante de tutela, emitió la nota CA/DGAJ/UGJ 0407/2017 de 23 del citado mes, mediante la cual, le hizo conocer el contenido del Informe DGAJ-UGJ 655/2017 de igual fecha, elaborado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la misma cartera de Estado, en el que estableció que el Título en Provisión Nacional de Abogado Serie A 001612, había sido revocado en cumplimiento a lo dispuesto en la RM 0243/2016 de 30 de mayo, debido a que no se cumplieron los requisitos exigidos en la RM 47 de 31 de enero de 1997, por lo que dichas actuaciones no podían ser subsanadas, máxime si, la carpeta de dicha Resolución se encontraba en custodia del referido Ministerio, asimismo, se dejó constancia de que aquellos extremos, no impedían al impetrante, formular nueva solicitud de Título en Provisión Nacional, cumpliendo los requisitos previstos en la RM 580/07 de 10 de septiembre de 2017, cuyo formulario se adjuntó a la misiva (fs. 80 a 81).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- Ante la consulta de los miembros de la Sala Constitucional sobre si la resolución objeto de la demanda tutelar era la emitida el 29 de octubre de 2018, que confirmó la revocatoria, el impetrante de tutela señaló que su pretensión había sido modificada en audiencia, y que se impetraba dejar sin efecto la referida decisión a efectos de que se pronuncie en el fondo respecto al Título en Provisión Nacional.
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inmodificabilidad del contenido de una acción tutelar
- la jurisprudencia constitucional reiteradamente –sobre este aspecto– estableció que en acciones de amparo constitucional, de manera posterior a su presentación
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR