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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0806/2019-S4

    Fecha: 12-Sep-2019

    II.4.

    II.4.    Eduardo León Arancibia –hoy accionante–, por escrito de 3 de noviembre de 2017, impetró al Ministro de Educación, se le otorgue Título en Provisión Nacional, agregando que la documentación adjunta al memorial, era la misma que cursaba en dicha cartera de Estado y que no podía alegarse su desconocimiento (fs. 82 a 128 ).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la demanda
    • a)
    • Ante la consulta de los miembros de la Sala Constitucional sobre si la resolución objeto de la demanda tutelar era la emitida el 29 de octubre de 2018, que confirmó la revocatoria, el impetrante de tutela señaló que su pretensión había sido modificada en audiencia, y que se impetraba dejar sin efecto la referida decisión a efectos de que se pronuncie en el fondo respecto al Título en Provisión Nacional.
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Inmodificabilidad del contenido de una acción tutelar
    • la jurisprudencia constitucional reiteradamente –sobre este aspecto– estableció que en acciones de amparo constitucional, de manera posterior a su presentación
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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