SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0810/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0810/2019-S2

Fecha: 11-Sep-2019

denegó

Mediante Resolución 008/2019 de 27 de mayo, cursante de fs. 714 a 718 vta. pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías denegó la tutela impetrada, en mérito a los siguientes argumentos: a) La accionante se encuentra en libertad porque fue beneficiada con amnistía , habiendo concluido la etapa preparatoria en el proceso seguido en su contra; b) La nombrada no reclamó oportunamente, pues ante la detención ilegal, esta pudo acudir al control jurisdiccional a efectos de que se pueda restituir su derecho vulnerado, incumpliendo el principio de subsidiariedad; c) Cuando advirtió las irregularidades procesales debió activar el incidente de actividad procesal defectuosa absoluta como mecanismo idóneo para corregir el procedimiento, situación que en el caso en estudio no se realizó; d) En cuanto a que la peticionante de tutela manifiesta que los Fiscales de su caso no tenían competencia para conocer su causa, debió interponer excepción de incompetencia, existiendo también el recurso de apelación pertinente; e) Si era cierto que había amistad íntima entre el Juez de su causa y la Abogada de la parte adversa debió haberse recusado al mismo; f) Si hubo fraude en los sorteos debió interponer acción de amparo constitucional; g) Se solicitó valorar la prueba, empero la misma no puede ser valorada porque existen otras autoridades ordinarias que tienen esta potestad; h) En el juicio oral se establecerá la existencia o no del delito a través de los medios y elementos probatorios pertinentes; i) Si Tesoro Magda Ferrufino Correa no tendría la potestad de iniciar un proceso penal a la accionante, en razón a que los contratos objeto del supuesto delito no le conciernen, debió haberse interpuesto las excepciones e incidentes pertinentes; y, j) Se interpuso la presente acción de defensa contra seis autoridades, pero se refirió únicamente al Juez de Instrucción Penal y Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero EPI-NORTE de la Capital del departamento de Cochabamba, y no así a las otras autoridades demandadas.