Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2019-S1
Fecha: 11-Sep-2019
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerados
El accionante denunció la lesión de los derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y valoración de la prueba; y, a la propiedad privada, además a los “principios de seguridad jurídica y verdad material”, citando al efecto los arts. 56, 115.II, 117.II, 119.I y 180.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- primera ilegalidad
- b)
- c)
- d)
- segunda ilegalidad
- tercera ilegalidad
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- i)
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- CONFIRMAR