SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2019-S1

Fecha: 11-Sep-2019

segunda ilegalidad

Como segunda ilegalidad refirió que teniendo en cuenta los arts. 489, 490 y 549.3 del CC, y lo establecido en los Autos Supremos 311/2013 de 17 de junio y 252/2013 de 17 de mayo, no se probó la ilicitud de la causa y motivo del contrato; por lo que, la interpretación jurisprudencial realizada se encuentra en pugna con el orden público y es contraria a la ley, porque la Sentencia emitida dentro del proceso de usucapión no tiene un efecto natural en su obligatoriedad al carecer de objeto y de razón de ser; además, “…la doctrina desarrollada en el punto III.2.1…” (sic), también estaría en oposición con el orden público, los principios de verdad material y de pertinencia, pues la Sentencia emitida en el proceso de usucapión es contraria a los arts. 87 y 138 del CC, que son la base de la demanda de usucapión; por lo que, no se justifican las razones doctrinales referidas, resultando ser inútil en el caso concreto, porque la indicada Sentencia jamás operó el efecto extintivo de la posesión a favor del actor, pues él no demostró estar en posesión pacífica y continuada por más de diez años.