SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
1)
1) “En análisis de la apelación de la parte querellante e imputada, se establece que el Juez 5° de Instrucción en lo Penal en la parte pertinente ha considerado que la valoración integral se concluye al Auto de Vista N° 11/2019 de fecha 23/01/2019, el riesgo procesal de obstaculización se mantiene latente, siendo insuficientes los nuevos elementos de convicción…para dar curso la solicitud de Cesación del imputado tomando en consideración la convicción de diligencias y otros formulados por el imputado no acreditaron si los mismos fueron acreditados y rechazados los cuales hayan sido rechazado y de los cuales no se ha proporcionado dichas peticiones, es decir, si el juzgador no tiene certeza si esta proporción de diligencia fue aceptada o rechazada, por lo que al mantenerse el numeral 1 del art. 233 y el numeral 2 del Art. 235 del Código de Procedimiento Penal es decir por ahora denegar dicha petición desestimando la cesación a la detención preventiva solicitada por el imputado Jhon Henry Ramos Flores” (sic);
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- i)
- III.1. Fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Valoración de la prueba
- 1)
- 2)
- 3)
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER en parte
- 3° Llamar la atención