SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
II.5.
II.5. Cursa Voto Fundamentado de 10 de enero de 2019, emitido por Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, quien determinó mantener firme y subsistente la detención preventiva del imputado en base a la concurrencia de los riesgos procesales previstos en los arts. 233.1 y 235. 1 y 2 del CPP (fs. 118 a 120); por su parte, Yván Noel Córdova Castillo, Vocal de la referida Sala, por Voto Fundamentado de la misma fecha, se definió por revocar la Resolución 509/2018, determinando la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva del imputado (fs. 121 a 124); asimismo, cursa Voto Fundamentado de apelación de medidas cautelares de 18 de enero de 2019, en la que Silvia Maritza Portugal Espinoza, Vocal de la Sala Penal Primera del indicado Tribunal de Justicia, apoyó la posición de la Vocal, Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, determinando por lo tanto la concurrencia de los riesgos procesales contenidos en los arts. 233.1 y 235.1 y 2 del citado Código (fs. 128 a 129).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- i)
- III.1. Fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Valoración de la prueba
- 1)
- 2)
- 3)
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER en parte
- 3° Llamar la atención