SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

1)

Dolka Vanessa Gómez Espada, Consejera del Consejo de la Magistratura, a través de su apoderado, quien compareció a la audiencia de consideración de acción de amparo constitucional, a tiempo de solicitar que se deniegue la tutela, refirió: 1) No existe vulneración a derecho alguno del accionante; toda vez que, esta acción emerge de un proceso disciplinario iniciado en contra del accionante y varios funcionarios de DDRR, en el cual no se puede ingresar a valorar prueba; 2) La norma especial está relacionada a los procesos en contra de funcionarios administrativos, que es el Acuerdo 024/2015 y no así el 042/2018, el cual no debe ser aplicado para los procesos administrativos disciplinarios, debiendo diferenciarse los procesos disciplinarios administrativos del procedimiento administrativo; asimismo, fue mal interpretada la parte derogatoria del Acuerdo 042/2018; 3) El Acuerdo 024/2015 no fue abrogado por el Acuerdo 042/2018, sino por el 50/2018, por lo que el proceso fue concluido de manera correcta con dicho acuerdo 024/2015; y, 4) Respecto a que no se habría respetado la jerarquía de la norma, la Ley de Procedimientos Administrativos otorga normas generales, por lo que se habría aplicado de manera objetiva la ley; consecuentemente, no se vulneró el derecho a la defensa del accionante; toda vez que, éste de manera erronea aplicó los plazos dispuestos en una norma contraria.