SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, a través de su abogado, reiteró los términos de su demanda y ejerciendo su derecho a la réplica dijo que no se habría aplicado el Acuerdo 50/2018 de 28 de mayo citado por los demandados, no siendo objeto de impugnación la legitimidad de los Acuerdos, sino la validez de los mismos, por lo que el Tribunal de Alzada, conforme a lo dispuesto por el art. 109 debió realizar control interno constitucional de ambos acuerdos.