SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

En cuanto a la vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente del derecho a la defensa

Tomando en cuenta que fue correcta la aplicación del Acuerdo 024/2015 al caso del accionante, en base al cual las autoridades demandadas dispusieron que el plazo para interponer el recurso jerárquico era de tres días y no de cinco, habiendo el accionante interpuesto su recurso jerárquico al quinto día de haber sido notificado con la Resolución de Recurso de Revocatoria, como consta en lo extractado en la Conclusiones II.3 y II.4 de este fallo constitucional, se evidencia que no se vulneró su derecho a la defensa, pues su memorial de recurso jerárquico fue planteado fuera del plazo legal para ello, siendo incorrecta la pretensión del accionante de considerar que el plazo para interponer recurso jerárquico era de cinco días según el Acuerdo 042/2018 y que, por ende, habría sido planteado dentro de plazo, pues el mismo no es aplicable al referido proceso administrativo interno, por las razones explicadas en el análisis anterior, habiendo sido correctamente rechazado el aludido recurso.