SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2019-S1

Fecha: 12-Sep-2019

2.

referencia al principio de razonabilidad de los plazos, asimismo se amparó en lo establecido en el art. 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), haciendo referencia al mismo sobre el procesamiento sin dilaciones indebidas, y señalando que ésta es reconocida por “sentencias constitucionales” tales como la 1494/2003-R, 1662/2003-R, 0069/2004-R, 0104/2013, 1529/2011-R, 1684/2010-R, 0759/2012, 0044/2010-R y 0416/2015; al respecto cabe señalar que entre los referidos fallos las SSCC 1684/2010-R, 0104/2013, fueron citadas por la Resolución 152/2017 apelada, y en las cuales se sustenta el Auto de Vista hoy cuestionado; por lo que sin efectuar análisis en el fondo, se advierte que las autoridades demandadas se pronunciaron  sobre el indicado agravio con motivación y fundamentación.