SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0935/2019-S1
Fecha: 12-Sep-2019
5.
5. Del ofrecimiento de prueba idónea, pertinente y lógicamente individualizada, se advierte que el Tribunal ad quem, se pronunció sobre los estos agravios haciendo referencia a los antecedentes del proceso penal planteado; asimismo, hizo mención al incidente de extinción de acción penal por duración máxima del proceso planteado, señalado que el mismo “…ha hecho una completa auditoria jurídica de los actos dilatorios en las etapas preliminares y preparatoria y en el juicio oral…” (sic), inclusive haciendo el descuento de las vacaciones judiciales, refiriendo a los actos que provocaron mora procesal y su ubicación en el expediente, citando normativa del Código de Procedimiento Penal en su análisis, pronunciándose específicamente sobre la presentación de pruebas y sustentando su determinación en el art. 133 del CPP, aspectos de los cuales no se infiere afectación a la debida motivación y fundamentación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- que no reviste mora considerable
- I.1.2. Derecho y principios supuestamente vulnerados
- los delitos de Trata de personas y en coherencia
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- Fragmento 14
- III.2. El debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- el valor
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- el memorial de
- c)
- d)
- e)
- f)
- h)
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- 7.
- 8.
- CONFIRMAR en parte