Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0018/2020
Fecha: 21-Oct-2020
II.1.
II.1. Cursa la DCP 0073/2019 de 18 de octubre, pronunciada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, dentro del control previo de constitucionalidad del proyecto de COM de Capinota -en fase de adecuación- que declaró: la incompatibilidad de los arts. 17.2; 31 numerales 28 y 37; y, 72.II y V; la compatibilidad sujeta a entendimiento del art. 96, y la compatibilidad con la Norma Suprema del resto de los artículos modificados, todos del indicado proyecto de norma institucional básica (fs. 614 a 686).
- 17
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de cartas orgánicas y estatutos autonómicos modificados, como emergencia de una o más declaraciones constitucionales previas
- lo cual supone que aquellos artículos que no fueron observados y merecieron su declaratoria de compatibles con la Norma Suprema, no deben ser modificados
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- Fragmento 10
- III.3. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones modificadas del proyecto de la COM de Capinota
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Control previo de constitucionalidad
- jerárquico
- compatibilidad
- Disposiciones observadas
- Fragmento 19
- Sobre el numeral 28
- primera
- Sobre el numeral 37
- Fragmento 23
- 2°
- 3°