DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0018/2020
Fecha: 21-Oct-2020
jerárquico
A partir de esa cualidad autonómica que se traduce en el derecho que tienen los gobiernos autónomos a dotarse de su propia normativa en el marco de la Constitución Política del Estado (principio de auto regulación), es posible que en la producción normativa intra sistémica se produzcan colisiones o contradicciones normativas; los cuales son resueltos a partir de la aplicación de criterios empleados tradicionalmente en el ámbito del derecho, como el jerárquico, en cuya virtud la norma superior se aplica con preferencia a la inferior; el cronológico, por el que la ley posterior es de aplicación preferente a la anterior; y el de especialidad, que ordena la utilización preferentemente de la ley especial frente a la ley general; criterios que fueron incorporados en el proyecto de COM de Capinota para la aplicación en su propio sistema jurídico. Asimismo, el derecho de auto regulación, conlleva también, la potestad que tienen estos gobiernos para expulsar normas de su ordenamiento jurídico, a través de los procedimientos de abrogación y derogación, recayendo dicha responsabilidad en los órganos emisores, que ejercerán la mencionada facultad bajo el principio de independencia y separación de funciones; extremo que igualmente fue incorporado en la disposición objeto de análisis, al menos en relación a la abrogación.
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- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de cartas orgánicas y estatutos autonómicos modificados, como emergencia de una o más declaraciones constitucionales previas
- lo cual supone que aquellos artículos que no fueron observados y merecieron su declaratoria de compatibles con la Norma Suprema, no deben ser modificados
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- Fragmento 10
- III.3. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones modificadas del proyecto de la COM de Capinota
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Control previo de constitucionalidad
- jerárquico
- compatibilidad
- Disposiciones observadas
- Fragmento 19
- Sobre el numeral 28
- primera
- Sobre el numeral 37
- Fragmento 23
- 2°
- 3°