DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0018/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0018/2020

Fecha: 21-Oct-2020

jerárquico

                         A partir de esa cualidad autonómica que se traduce en el derecho que tienen los gobiernos autónomos a dotarse de su propia normativa en el marco de la Constitución Política del Estado (principio de auto regulación), es posible que en la producción normativa intra sistémica se produzcan colisiones o contradicciones normativas; los cuales son resueltos a partir de la aplicación de criterios empleados tradicionalmente en el ámbito del derecho, como el jerárquico, en cuya virtud la norma superior se aplica con preferencia a la inferior; el cronológico, por el que la ley posterior es de aplicación preferente a la anterior; y el de especialidad, que ordena la utilización preferentemente de la ley especial frente a la ley general; criterios que fueron incorporados en el proyecto de COM de Capinota para la aplicación en su propio sistema jurídico. Asimismo, el derecho de auto regulación, conlleva también, la potestad que tienen estos gobiernos para expulsar normas de su ordenamiento jurídico, a través de los procedimientos de abrogación y derogación, recayendo dicha responsabilidad en los órganos emisores, que ejercerán la mencionada facultad bajo el principio de independencia y separación de funciones; extremo que igualmente fue incorporado en la disposición objeto de análisis, al menos en relación a la abrogación.