DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0018/2020
Fecha: 21-Oct-2020
primera
El referido art. 286 de la CPE, prescribe dos reservas normativas a la Carta Orgánica y Estatuto Autonómico; la primera para la regulación de la suplencia de las máximas autoridades ejecutivas de los Gobiernos Autónomos Municipales y Departamentales (Alcaldes y Gobernadores), que se produce ante alejamientos temporales de éstas autoridades; y la segunda, para la sustitución de dichas autoridades en caso de revocatoria de mandato, o cuando habiendo transcurrido más de la mitad del periodo de mandato, se produzca la renuncia, muerte o inhabilidad permanente del titular; en estos casos, la ausencia es definitiva y se pierde dicha condición por las circunstancias referidas.
En ese sentido, estos mecanismos administrativos tienen como propósito que las funciones de Alcaldesas, Alcaldes y Gobernadoras y Gobernadores no se vean afectadas por la ausencia temporal o definitiva de dichos servidores públicos, sino se ejerzan de manera continua; los cuales por mandato del citado art. 286 de la CPE, deben ser regulados en las Cartas Orgánicas y Estatutos Autonómicos, bajo los lineamientos básicos establecidos en la indicada norma constitucional.
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- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de cartas orgánicas y estatutos autonómicos modificados, como emergencia de una o más declaraciones constitucionales previas
- lo cual supone que aquellos artículos que no fueron observados y merecieron su declaratoria de compatibles con la Norma Suprema, no deben ser modificados
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- Fragmento 10
- III.3. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones modificadas del proyecto de la COM de Capinota
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Control previo de constitucionalidad
- jerárquico
- compatibilidad
- Disposiciones observadas
- Fragmento 19
- Sobre el numeral 28
- primera
- Sobre el numeral 37
- Fragmento 23
- 2°
- 3°