Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0018/2020
Fecha: 21-Oct-2020
II.5.
II.5. Por Ley Municipal 623 de 10 de marzo de 2020, “LEY MUNICIPAL APROBATORIA DE LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE LA CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE CAPINOTA DE ACUERDO A LA D.C.P. N° 0073/2019 DE FECHA 18 DE OCTUBRE DE 2019” sancionada por el Concejo Municipal de Capinota y promulgada por el Alcalde de dicho municipio el 20 del mismo mes y año, se aprobó las modificaciones realizadas al mencionado proyecto (fs. 749 a 750 vta.).
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- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. El control previo de constitucionalidad de los proyectos de cartas orgánicas y estatutos autonómicos modificados, como emergencia de una o más declaraciones constitucionales previas
- lo cual supone que aquellos artículos que no fueron observados y merecieron su declaratoria de compatibles con la Norma Suprema, no deben ser modificados
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- Fragmento 10
- III.3. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones modificadas del proyecto de la COM de Capinota
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Control previo de constitucionalidad
- jerárquico
- compatibilidad
- Disposiciones observadas
- Fragmento 19
- Sobre el numeral 28
- primera
- Sobre el numeral 37
- Fragmento 23
- 2°
- 3°