SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0577/2020-S2

Fecha: 21-Oct-2020

valoración

Finalmente, en lo que respecta a la valoración razonable de la prueba reclamada al no haberse considerado la prueba que según la parte accionante respalda el conocimiento de la demandante de usucapión, sobre el deceso de su padre, la existencia de herederos y su lugar de residencia, que según afirmaron los impetrantes de tutela demostraba el fraude procesal; es menester establecer que la SCP 1621/2013 de 4 de octubre, -por mencionar alguna- estableció que no resulta posible hacerlo “cuando se ha identificado falta de fundamentación (…) pues al carecer de fundamentación el Auto Supremo resulta imposible para la jurisdicción constitucional verificar si la actividad de valoración de la prueba ha sido regida sobre la base de dichos principios” (las negrillas nos corresponden); siguiendo tal reflexión y en razón a que como consecuencia de la concesión de tutela se dispondrá la emisión de una nueva resolución que atañe una respuesta a las problemáticas planteadas en el recurso de apelación, una de las cuales atañe a la extrañada valoración, no resulta posible, ni corresponde emitir mayor pronunciamiento en dicho sentido por parte de la justicia constitucional.