SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
b)
b) La base para la determinación del Juez a quo para rechazar el incidente precisamente es el informe del investigador asignado al caso, que señaló en su acta de notificación la localidad de Villazón del departamento de Potosí, indica en el domicilio de Patricia Villena de Burgos, en la calle Cobija s/n entre calles Independencia y Suipacha. Si el Ministerio Público consideraba que es el verdadero domicilio ubicado en la calle Cobija sin número entre calles Independencia y Suipacha, entonces debió ejecutar el mandamiento de aprehensión, existe el procedimiento para la recepción de declaración informativa, y ante la no presentación física de la imputada el día y hora señalados, debió aplicar un procedimiento coercitivo, para que la imputada concurra a prestar su declaración informativa, tomando en cuenta que el sistema penal de corte oral vigente en nuestra economía jurídica es de carácter garantista, por ello es que no se puede vulnerar el derecho a la defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- Fragmento 13
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2.
- es de asegurar que el objetivo de la citación o notificación cumpla con su finalidad, esto es, poner en conocimiento del demandado el proceso seguido en su contra. Es por eso, que en la misma Sentencia se señaló que toda notificación, por defectuosa que sea en su forma, pero que cumpla con su finalidad (hacer conocer la comunicación en cuestión), es válida
- el ejercicio pleno de los derechos a la defensa y por ende del debido proceso; de modo que, todas las actuaciones procesales deben ser comunicadas con una eficacia material,
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- sin que previamente se presente la declaración informativa
- no se le tomó su declaración informativa
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada