Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2020-S2
Fecha: 23-Oct-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de las resoluciones, omisión valorativa de la prueba, acceso a una justicia oportuna y sin dilaciones; y la inobservancia del principio de seguridad jurídica; alegando que, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Auto de Vista 138/2019, revocó la Resolución 18/2019, pronunciado por el Juez de primera instancia, dejando sin efecto la Resolución de Imputación Formal 395/18; aduce que dicho fallo fue pronunciado sin la fundamentación y motivación que corresponde, además no realizó una valoración correcta de la prueba adjunta en obrados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- Fragmento 13
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2.
- es de asegurar que el objetivo de la citación o notificación cumpla con su finalidad, esto es, poner en conocimiento del demandado el proceso seguido en su contra. Es por eso, que en la misma Sentencia se señaló que toda notificación, por defectuosa que sea en su forma, pero que cumpla con su finalidad (hacer conocer la comunicación en cuestión), es válida
- el ejercicio pleno de los derechos a la defensa y por ende del debido proceso; de modo que, todas las actuaciones procesales deben ser comunicadas con una eficacia material,
- III.4. Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- sin que previamente se presente la declaración informativa
- no se le tomó su declaración informativa
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada