Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2020-S4
Fecha: 20-Oct-2020
I.1.3. Petitorio
Solicitaron se conceda la tutela impetrada, disponiendo que se dejen sin efecto las Resoluciones 42/2019-2020 y 51/2019-2020 y, en consecuencia, se les tenga por habilitados para optar al cargo de Vocales del Tribunal Departamental Electoral de Tarija, al cumplir con todos los requisitos establecidos en dicha Convocatoria; sea con costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho a la ciudadanía
- i)
- el principio de legalidad, es la aplicación objetiva de la ley
- III.3. Bases de la Convocatoria Pública para Postulantes a Vocales del Tribunal Electoral Departamental de Tarija
- III. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos dará lugar a la inhabilitación de la postulación mediante Informe de la Comisión con identificación expresa del motivo de inhabilitación.
- Únicamente las postulaciones que cumplan con todos los requisitos serán habilitados para el proceso de evaluación y selección. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos o causales de inelegibilidad o incompatibilidad dará lugar a la inhabilitación
- III.4. Análisis del caso concreto
- la única manera de cumplir el señalado requisito era mediante la presentación de una declaración jurada única, que refiera
- CONFIRMAR