SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2020-S4
Fecha: 20-Oct-2020
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los solicitantes de tutela, a través de su abogada en audiencia, ratificó los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolos manifestó que, las Resoluciones 81/2019-2020 y 84/2019-2020, ambas de 13 de diciembre de 2019, emitidas por las autoridades demandadas en respuesta a las impugnaciones que presentaron contra la decisión de inhabilitación –cuyo conocimiento se asumen en audiencia–, que rechazaron las objeciones; no valoraron las declaraciones juradas que fueron presentadas como prueba del cumplimiento del requisito extrañado por la Comisión de Constitución, Estatuto y Desarrollo Institucional Autonómico de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, argumentando que su presentación fue extemporánea, de manera que no evaluaron dicho documento; por lo que, dichos fallos resultan ser arbitrarios, consolidando de esa manera la vulneración del derecho a la ciudadanía.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho a la ciudadanía
- i)
- el principio de legalidad, es la aplicación objetiva de la ley
- III.3. Bases de la Convocatoria Pública para Postulantes a Vocales del Tribunal Electoral Departamental de Tarija
- III. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos dará lugar a la inhabilitación de la postulación mediante Informe de la Comisión con identificación expresa del motivo de inhabilitación.
- Únicamente las postulaciones que cumplan con todos los requisitos serán habilitados para el proceso de evaluación y selección. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos o causales de inelegibilidad o incompatibilidad dará lugar a la inhabilitación
- III.4. Análisis del caso concreto
- la única manera de cumplir el señalado requisito era mediante la presentación de una declaración jurada única, que refiera
- CONFIRMAR