SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2020-S1

Fecha: 13-Oct-2020

Fragmento 23

Del Informe VPNO-GIND-IN-0432/2019 de 21 de marzo, se tiene que el Gerente de Industrialización de YPFB puso en conocimiento del Presidente Ejecutivo de la citada empresa estatal el REDISEÑO DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA GERENCIA DE INDUSTRIALIZACION” en cuyo punto 4 señaló que el art. 23 de la Ley 3058 de Hidrocarburos, establece que la sede de esa Gerencia debe ser en la ciudad de Cochabamba; asimismo, en el acápite de CONCLUSIONES se dispuso la modificación de la sede de la Gerencia de Industrialización de Santa Cruz a Cochabamba; con posterioridad, el Directorio de YPFB emitió la Resolución de 22/2019 de 21 de mayo de MODIFICACION A LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS, que determinó aprobar la Modificación de la Estructura Organizacional de la Vicepresidencia Nacional de Operaciones de YPFB, establecida en el art. 2 de la Resolución de Directorio 01/2018 de 2 de enero, modificada por Resolución 33/2018 de 27 de agosto, disponiendo en su artículo tercero, instruir a las Gerencias de Industrialización, del Talento Humano Corporativa y de Tecnologías de la Información Corporativa, la implementación efectiva de la nueva Estructura Organizacional sin afectar la continuidad de sus actividades, considerando la elaboración o actualización del Manual de Organización de Funciones, de procesos y procedimientos en un plazo de noventa días desde la emisión de dicha Resolución, quedando encargado de su cumplimiento el Presidente Ejecutivo de YPFB.