SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0615/2020-S1
Fecha: 13-Oct-2020
II.5.
II.5. Consta Resolución de Directorio 22/2019 de 21 de mayo de MODIFICACION A LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS que determinó aprobar la Modificación de la Estructura Organizacional de Vicepresidencia Nacional de Operaciones de YPFB establecida en el art. 2 de la Resolución de Directorio 01/2018 de 2 de enero, modificada por Resolución 33/2018 de 27 de agosto, disponiendo en su artículo tercero, instruir a las Gerencias de Industrialización, del Talento Humano Corporativa y de Tecnologías de la Información Corporativa la implementación efectiva de la Estructura Organizacional, sin afectar la continuidad de sus actividades considerando la elaboración o actualización del Manual de Organización de Funciones, de procesos y procedimientos en un plazo de noventa días desde la emisión de dicha Resolución, quedando encargado de su cumplimiento el Presidente Ejecutivo de YPFB (fs. 322 a 327).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho de variación, consiste en la facultad del empleador público o privado de modificar la ubicación y las condiciones de trabajo en cuanto a su modo, lugar, cantidad o tiempo; sin embargo, esa facultad no es absoluta, pues debe ser ejercida en el marco del principio de razonabilidad y juridicidad y de ninguna manera puede ser arbitraria y discriminatoria.
- en lo concerniente al cambio del lugar y modo de prestación o trabajo, la misma será considerada arbitraria e irrazonable, cuando: sin previo consentimiento, el empleador de manera unilateral y omnímoda decida el desplazamiento del trabajador o cambio del modo de prestación, para el que fue contratado, siendo así que, la nueva asignación o nuevo destino signifique mayores gastos para su subsistencia y disminución en sus ingresos
- III.2.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- CONFIRMAR