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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2020-S2

    Fecha: 12-Nov-2020

    II.4.

    II.4.    Remitida la apelación al Tribunal de alzada, la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista SFNA 181/2019 de 12 de junio, por el que confirmó totalmente el Auto de Vista de 26 de marzo (fs. 66 a 68 vta.), con el que fue notificada el 13 de igual mes y año (fs. 70).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • III.1. En cuanto a legitimación activa
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 15
    • sin considerar que quien debe ejercer ese derecho de cobro, es la profesional abogada que contrató y la asistió en la demanda judicial y quien está investida de legitimación activa para hacerlo
    • CONFIRMAR

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