SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0651/2020-S2

Fecha: 12-Nov-2020

III.3. Análisis del caso concreto

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes fundamentación y motivación y los principios, de legalidad, preclusión, iuria novit curia, congruencia y pertinencia de las resoluciones, alegando que los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitieron una resolución carente de fundamentación fáctica y jurídica, realizando una errónea aplicación de la normativa penal en vigencia, sin tomar en cuenta los argumentos expresados en las respuestas al incidente tanto por la parte civil como por el Ministerio Público, decidiendo revocar la decisión de primera instancia anulando obrados hasta el momento incluso de la imputación formal, mediante un incidente presentado en etapa de juicio oral y resuelto antes de que este de inicio. 

Determinado el objeto de la presente demanda tutelar en el Auto de Vista 99, emitido por los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz en su falta de fundamentación y congruencia a momento de declarar la nulidad de la imputación y acusación, sin tomar en cuenta los argumentos expresados por la parte civil y el Ministerio Público, es preciso analizar primero los agravios contenidos en el incidente planteado por la acusada y la resolución en aplicación del art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por parte de los Vocales demandados y después la respuesta al traslado dispuesto en torno al incidente que nos ocupa tanto de la parte civil como del Ministerio Público para establecer si sus argumentos fueron o no tomados en cuenta por las autoridades demandadas.