SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2020-S3
Fecha: 06-Nov-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La Asociación accionante a través de su representante legal denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de derecho a recurrir, acceso al recurso de casación, de fundamentación, de defensa e igualdad, y de petición; los principios de legalidad, de seguridad jurídica, de equidad, de verdad material, de transparencia, de impugnación, pro actione y pro homine; y, los valores supremos de equidad, respeto a los derechos, verdad material, dignidad, subsidiariedad, respeto a los derechos, justicia social transparencia; puesto que, interpuso recursos de alzada contra las Notas AN-GRZGR-VIRZA-C-1288/2019 y AN-GRZGR-VIRZA-C-1289/2019, ambas de 6 de septiembre, emitidas por la Administración de Aduana Aeropuerto Viru Viru de la Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB; sin embargo, la autoridad ahora accionada rechazó dichos recursos alegando que las Notas impugnadas no se constituyen en actos definitivos, realizando una errónea interpretación de los arts. 143 del CTB y 4.4 de la Ley 3092, con relación a los arts. 16 y 17 de la LPA.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1
- I.1.2
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional
- resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- falta de requisitos formales y a temas informativos
- En cuanto a la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0620/2019
- la modificación de la demanda y su ampliación, inclusive de hechos, puede ejercitarse
- CONFIRMAR